Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1887 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 8 de marzo de 1887
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. General Dabán
Número y páginas del Diario de Sesiones: 40, 1011
Tema: Desorganización del ejército por el Ministerio de la Guerra a espaldas del Parlamento

Si el señor general Dabán ha leído mis palabras, verá como de ninguna manera pude referirme a las que S.S. pronunció en Cortes anteriores; es más, no sabía que era S.S. a quien el señor general López Domínguez se refirió. Yo, sobre todo, recogí y subrayé las palabras del Sr. Sánchez Campomanes, porque significaban una excitación a la rebelión, o por lo menos, una disculpa de la rebelión, puesto que cualesquiera que sean las medidas que adopte un Ministro de la Guerra, si están dentro de la ley, nunca hay motivo de censura o siquiera de disgusto en los subordinados; y si se apartan aquellas de la ley, tampoco existe fundamento para disculpar la rebelión, porque cuando un Ministro falta a las leyes, hay otros medios a los cuales apelan los países civilizados para impedirlo o remediarlo, y nunca, sobre todo, los ejércitos con dignidad hacen uso de la rebelión. (Aprobación).

Cuando un Ministro falta a las leyes, está aquí la Representación nacional para exigirle la debida responsabilidad, para arrojarle de su puesto, y además, para formular contra él la debida acusación; pero jamás, en ningún caso, estará justificado el que los militares digan nunca, cualquiera que sea la conducta de un Ministro de la Guerra, que pueden venir las sublevaciones o los pronunciamientos militares. De las palabras del Sr. Sánchez Campomanes fue de las que protesté, las cuales estaba seguro que ningún general del ejército español ha pronunciado hasta aquí, y por esto me permití, sin saber cuál era el general a quien aludía el Sr. López Domínguez, decir que si algún general hubiera dicho lo que dijo ayer el Sr. Sánchez Campomanes, hubiera hecho mal, como hizo mal el Sr. Sánchez Campomanes ayer. (El Sr. Sánchez Campomanes pide la palabra).

Ahora, que el señor general Dabán, en uso de su derecho, criticara las medidas del señor general López Domínguez, es otra cosa muy distinta, porque puede hacerlo como representante del país; que el señor general Dabán creyera que con los decretos publicados por el señor general López Domínguez, tratándose de asuntos propios de leyes, se podía perturbar el ejército, estaba en su derecho creyéndolo y diciéndolo; pero no añadió el Sr. Dabán después lo que oímos todos al Sr. Sánchez Campomanes, que fue lo que ayer llamó mi atención; y contra estas palabras tuve la honra de protestar, como protestaré siempre con la misma energía y con la misma indignación con que lo hice. Porque no se puede dar un ejemplo peor para el ejército español y para todos los ejércitos, que el que ofreció ayer el Sr. Sánchez Campomanes, involuntariamente sin duda, pero que, en último resultado, lo cierto fue que lo dio.

Como no está en ese caso el señor general Dabán, yo le doy a S.S. todas las explicaciones necesarias para que sepa que en manera ninguna pude yo atribuirle palabras que sólo fueron pronunciadas por el Sr. Sánchez Campomanes. [1011]



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